Comentario No. 017
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Fecha: 1519, Santo Domingo, La Española
Tema: La amputación de la punta de los dedos de los pies a unos tres negros esclavos en la Ciudad de Santo Domingo, como el castigo después de haber sido condenado por homicidio
Fuente: Archivo General de Indias, Justicia 43, No. 1, fos. 71r. (lxxi),71v.,74v.(lxxiiio),75r. (lxxv),110r., 111r.(cxi), 124v., 125v., 386r.(ccclxxxovi), 392. (ccxcii), and 393r. (cccxciii).
Como parte del juicio de residencia iniciado en la ciudad de Santo Domingo al final de la gestión de varios funcionarios coloniales de La Española en 1519, un número de testigos fueron llamados a dar testimonio sobre la manera en que estos funcionarios habían manejado los hechos ocurridos durante su período en sus puestos y bajo sus respectivas jurisdicciones. Uno de los testigos llamados fue el cirujano Antón Angulo, que testificó sobre la forma en que algunos esclavos condenados por crímenes fueron castigados mediante el cercenamiento de las puntas de algunos de los dedos de sus pies.
Angulo fue el funcionario encargado de ejecutar el castigo, y en su declaración describió la manera en que, antes de él ejecutar la mutilación, se le había acercado el dueño de los esclavos, preocupado por la forma en que sus esclavos se podrían curar después que se les cortaran los dedos de los pies. Angulo también declaró que, antes de aplicar el castigo, él había consultado con el juez-oidor de la Audiencia Alonso Zuazo sobre cuánto exactamente del largo de los dedos debía cortarles.
Este documento nos demuestra que la práctica de los cercenamientos como parte de la gama de castigos contemplada en otros documentos como las ordenanzas y códigos “de negros” (véase Manuscrito No. 032) fueron una realidad al menos a comienzos del siglo XVI en La Española y que había un sistema para implementarla.