Comentario No. 046
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Fecha: 1544, julio 7, y 1545, abril 24, julio 7 y julio 24, 5. Abril, julio y octubre.
Tema: Negros esclavizados registrados o embarcados por pasajeros en barcos que iban de Sevilla a las Indias
Fuente: Archivo General de Indias,CONTRATACION,1079, F.521V.-523R. Colección de Documentos Coloniales Dominicanos del CUNY DSI
A los individuos que quisieron viajar a las colonias españolas en las Américas durante el siglo dieciséis se les exigía solicitar y obtener una licencia o permiso oficial escrito de parte de la Corona española para permitírseles hacer el viaje. Otra licencia más se requería si pretendían llevar esclavos, normalmente africanos negros y sus descendientes, con ellos. Durante el siglo, la Corona emitió cientos de estos permisos individuales, así como otros llamados asientos que se concedía habitualmente a grandes comerciantes o miembros de las altas élites sociales del imperio español para transportar y vender cantidades mucho mayores de esclavos en las Américas. Este último tipo de grandes embarques de esclavos transportados como cargas humanas masivas (cargazones) son los aludidos normalmente cuando se menciona el terrible comercio transatlántico de esclavos en los estudios históricos.
Las licencias y los asientos fueron, entonces, los instrumentos oficiales, legales para los individuos particulares introducir gente esclavizada en las colonias. Paralelamente a estos hubo un amplio contrabando practicado principalmente por barcos extranjeros o no-españoles que viajaban llevando a los esclavizados desde Africa a puntos del imperio español como La Española, donde había abundantes oportunidades, debido a la falta de una vigilancia suficiente o debido a una complicidad real de parte de las autoridades coloniales locales, para que los barcos llegaran y entregaran impunes su carga humana.
En los casos particulares mencionados en estos documentos, diversos individuos aparecen obteniendo licencias para llevar o enviar diversas cantidades de esclavos entre 1544 y 1545. El viajero Andrés García llevó cuatro negros esclavizados consigo y tuvo que pagar dos ducados a la Corona por cada permiso. Su licencia se la expidieron en Valladolid el 7 de julio de 1544, y cuando abordó después el barco para cruzar a las Américas, los funcionarios que controlaban el tráfico saliente certificaron que él tenía una licencia y que había pagado los impuestos correspondientes a los esclavos llevados. Un año después, el 7 de julio de 1545, Juan Valenciano obtuvo licencia para llevar seis negros esclavizados, dada en Valladolid. De ellos, tres fueron embarcados por Juan de Astorga, maestre, con poder de Valenciano. Andrés de Narváez registró un esclavo en el barco, usando una licencia que tenía para un total de cuarenta que habia obtenido el 24 de abril de 1545. Andrés Delantadilla envió “una esclava negra” que se contó contra una licencia para cuarenta que un tercero, Luis de Ayora, habia obtenido en 24 de julio del 1545. En todos los documentos de licencia se especificaba como, al llegar a las Indias, se suponía que el viajero debía entregar el documento finalmente a los funcionarios coloniales locales, de modo que la licencia no se pudiera usar más de una vez.
El gobierno de la monarquía española, por lo tanto, no solamente intentó durante el siglo dieciséis controlar los tráficos tanto grande como pequeño de negros esclavizados hacia las Américas, sino que también derivó ingresos de ambos.